Contrariamente a la opinión, los tribunales de distrito coinciden en que los «compradores de deuda» están sujetos a la FDCPA

Escuche este artículo

Christian Bour-ZallEn un artículo de opinión reciente, los abogados de cobranza de deudas Jeffrey Schreiber y Vincent Reed argumentaron que la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas tiene una definición limitada de «cobrador de deudas» («Por qué los tribunales no pueden llegar a un acuerdo sobre la definición de «cobrador de deudas» según la FDCPA ?”, 12 de junio).

Según el razonamiento de los autores, la FDCPA no llegaría a los compradores de deuda, que representan casi una cuarta parte de los ingresos de la industria de cobro de deudas. Véase Kaulkin Ginsberg, «The Kaulkin Report» 11, 17 (2022). Esta conclusión, aunque conveniente para sus clientes, es errónea.

Alexa Rosenblum

El artículo de Schreiber y Reed está lleno de analogías y omisiones erróneas.

En primer lugar, todas las decisiones de los tribunales federales publicadas que han analizado la cuestión de si los llamados compradores pasivos de deuda (aquellos que participan en el cobro) cumplen con la definición de «recaudadores de deudas» según la FDCPA coinciden en que así es.

En segundo lugar, contrariamente a las afirmaciones de Schreiber y Reid, esos tribunales lo hicieron mientras analizaban cuidadosamente el texto del lenguaje legal.

En tercer lugar, Schreiber y Reid combinan erróneamente los fallos de la Corte Suprema estatal con los fallos de la FDCPA.

La aprobación de la FDCPA estableció estándares de la industria para proteger a los consumidores de prácticas de cobro de deudas injustas, abusivas y engañosas. 15 USC §1692. Los cobradores de deudas llamaban a los consumidores a horas intempestivas y los maldecían, los amenazaban con hacerles daño o se presentaban falsamente como funcionarios del gobierno. Ver S. REP. No. 95-382, en 2 (1977).

Después de examinar los patrones de prácticas de cobro descaradas, el Congreso concluyó que los «cobradores de deudas independientes» eran la fuente del daño, no los acreedores. IDENTIFICACIÓN.

Con ese fin, el Congreso creó dos definiciones legales amplias para definir a los cobradores de deudas. La FDCPA se aplica a «cualquier persona que utilice cualquier medio de comercio interestatal o el correo en cualquier negocio cuyo objeto principal sea el cobro de deudas», o (2) «(cualquier persona) que regularmente recopile o intente cobrar, directa o indirectamente, las deudas debidas o las que se deben a quienes se deben, o las que se tienen a cargo de deudores u otros.» 15 USC §1692a(6).

La primera definición a menudo se denomina «propósito principal» y la segunda como «colección permanente».

En 2017, la Corte Suprema consideró si un comprador de deuda cumple con la definición legal de «cobradores de deudas» según la Ley de Cobro Regular. Hanson contra Santander Consumer USA Inc., 582 Estados Unidos 79 (2017). Después de comprar deudas en mora, Santander buscó cobrar estas cuentas. Ver IDENTIFICACIÓN. a la edad de 81 años.

La Corte Suprema dictaminó que Santander no cumple con la definición de «cobrador de deudas» bajo la prueba de Cobro Regular, porque Santander cobró su propia deuda, no una deuda adeudada o adeudada a otro. Ver IDENTIFICACIÓN. a la edad de 83 años.

primero a hanson, la mayoría de los tribunales federales han sostenido que los compradores de deuda están sujetos a la FDCPA de conformidad con la cláusula de Recaudación Regular. ver, por ejemplo, Reygadas contra DNF Assocs., LLC982 F.3d 1119, 1123 (8º Cir. 2020).

hanson canceló este precedente pero dejó intencionalmente abierta la cuestión de si un comprador de deuda puede cumplir con la definición de «cobradores de deudas» según el objetivo principal. Ver hanson582 Estados Unidos en 82. Los Circuitos 3.º, 8.º y 9.º han respondido afirmativamente a esta pregunta.

En su artículo, Schreiber y Reid ignoran precedentes consistentes de estos tres circuitos federales y en cambio crean la falsa impresión de que la decisión del Tercer Circuito en barbado es una excepción. en realidad, barbado fue el primero de tres circuitos federales en determinar que los compradores de deuda cumplen con la definición de “cobrador de deudas” de la FDCPA según la sección de Propósito Principal. raigads982 F.3d en 1119; McAdory contra MNS Assocs., LLC952 F.3d 1089 (9º Cir. 2020); Barbato vs Greystone Todos. LLC916 F.3d 260, 267 (2019).

Lejos de ignorar el significado de la FDCPA, como sostiene el artículo, el Tercer Circuito llevó a cabo un análisis textual detallado del texto legal. barbado916 F.3d en 267 («Una entidad califica según la definición si el ‘objetivo principal’ de su ‘negocio’ es el ‘cobro de deudas'»).

El Tercer Circuito observó varias opciones importantes de lenguaje entre las dos definiciones de «cobradores de deudas». Por ejemplo, como encontró el Tercer Circuito, a diferencia de las Recaudaciones Regulares discutidas en hanson, el objetivo principal utiliza el sustantivo «colección» en lugar del verbo «colección». Ver barbado, 916 F.3d en 268. El sustantivo «cobro» no requiere acción directa y, por lo tanto, no importa que el comprador de la deuda elija utilizar un intermediario con el propósito de «cobro de deuda». Ver IDENTIFICACIÓN.

Schreiber y Reed buscan leer palabras adicionales en el texto legal que simplemente no existen, ya que no es necesario que una empresa interactúe directamente con los consumidores para calificar como «cobrador de deudas» según la FDCPA. Ver raigads982 F.3d en 1125 («La palabra ‘interacción’ está notoriamente ausente en el estatuto»).

Además, el objetivo principal utiliza únicamente la palabra «deuda», omitiendo la frase «deuda de otro». Ver barbado, 916 F.3d en 266. El hecho de que los compradores de deuda sean los propietarios legales de la deuda del consumidor no excluye su responsabilidad según la FDCPA. Los Circuitos 8.º y 9.º siguieron el análisis del Tercer Circuito. Ver macarrones, 952 F.3d en 1094 (El Congreso «no especificó quién debe realizar el cobro ni a quién se le debe la deuda»). acuerdo raigads982 F.3d a 1125.

En su artículo, Schreiber y Reid creen que los compradores de deudas no deben ser vistos como cobradores de deudas porque su principal objetivo es sacar provecho de sus inversiones, no cobrar deudas. Como concluyó el Octavo Circuito, ese argumento no tiene sentido. «(La)compra y el cobro no son operaciones separadas para el comprador de deuda demandado (…); son elementos críticos de su plan de negocios.» raigads982 F.3d a 1125.

La documentación demostró en ese caso que «el objetivo principal del comprador de la deuda del demandado es cobrar las cuentas de deuda que compró para obtener ganancias». IDENTIFICACIÓN. B barbado, el cobrador de deudas demandado también admitió francamente que los compradores de deudas dejarían de existir si los deudores no pagaban. Véase 916 F.3d en 268.

Finalmente, Schreiber y Reed combinan erróneamente el fallo del SJC sobre la ley estatal con el fallo sobre la FDCPA. El articulo es contradictorio. barbado Con Dorrian v. Financiamiento LVNV LLV, 79 núm. 265 (2018). Sin embargo, dorio Fue un caso decidido conforme a la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas de Massachusetts, no a la FDCPA. IDENTIFICACIÓN. en 266 («LVNV no cobra deudas según GL c. 93, § 24»).

adicional, dorio Hubo un impacto mínimo, si es que hubo alguno, en la interpretación de la FDCPA por parte de los tribunales federales, ya que los tres Circuitos Federales emitieron sus opiniones después de esta decisión.

Como reconoció el Tercer Circuito:

«Mientras la base de la existencia de una empresa sea recibir el pago de las deudas que adquiere, ésta cobra deudas. No importa quién reciba realmente el pago o cómo lo haga». barbado916 F.3d en 267.

Los compradores de deuda, «pasivos» o no, tienen esta base. Por lo tanto, como lo han sostenido todas las decisiones publicadas de los tribunales federales de apelaciones, están sujetas a los estándares de la FDCPA. Cualquier otra interpretación ignoraría el lenguaje sencillo del estatuto, frustraría los propósitos de la FDCPA y permitiría a los compradores de deuda escapar de la culpa por el cobro abusivo de deudas.

Kristen Burr-Zill es abogada de la Unidad de Derechos del Consumidor de Servicios Legales del Gran Boston. Alexa Rosenblum es abogada, profesora de derecho e instructora clínica en la Clínica de Protección al Consumidor del Centro de Servicios Legales de la Facultad de Derecho de Harvard.

Angelo Buits

Acerca de Angelo Buits

Soy Angelo Buits analítico comercial de empresas que brinda asesorías de negocios y comerciales a gente que quiere salir adelante con algún startups o emprendimiento comercial y tecnológico.

Ver todas las entradas de Angelo Buits →

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *